Sábado, 23 Noviembre 2024

Iniciativa Popular, Referéndum o Audiencia Pública para opinar sobre la transferencia de La Pedrera y el Molino Fénix

Publicado el Martes, 18 Julio 2023 09:00 Escrito por Calle Angosta

"La Pedrera y el Molino Fénix deben transferirse a la Municipalidad de Villa Mercedes" es el título de un documento político que firmaron  dirigentes de la Agrupación Oktubre hace escasas dos semanas. Desde entonces hubo numerosas expresiones de interés y adhesión que se manifestaron en diversos ámbitos. Con ese inocultable apoyo, se estudian tres posibles caminos formales para acercarse el objetico.

Iniciativa Popular, Referéndum y Audiencia Pública son institutos que tienden a estimular la participación ciudadana en la vida democrática. Las dos primeras -iniciativa y referéndum- se encuentran en la Carta Orgánica Municipal (COM). La Audiencia Pública se habilitó mediante Ordenanza sancionada en mayo de 2019. Uno de estos mecanismos democráticos son los que que se podrían instrumentar para formalizar la opinión del pueblo de Villa Mercedes sobre esta propuesta superadora que ha generado expectativas en la ciudadanía, el empresariado provincial, la dirigencia social y política villamercedina y hasta de los trabajadores actuales de los organismos. 

Iniciativa Popular

La iniciativa popular se incorpora en los Artículos 107, 108 y 109 de la COM. Y fue reglamentado en 2004 mediante la Ordenanza 1516-o/2004. Asegura que la ciudadanía "solicite al Honorable Concejo Deliberante la sanción o derogación de Ordenanzas". Requiere la adhesión mediante firmas en planillas habilitadas a tal efecto, del 5% del electorado. El padrón de electores mercedinos tiene 104.141 personas; en consecuencia se necesitarían 5.208 firmas para forzar al tratamiento en el legislativo local. Vale aclarar que de conseguirse esa cantidad de firmas, el proyecto recién empieza a ser estudiado por los y las concejales y concejalas. Que solo se ven obligados a tratar el asunto en Comisión; el mismo podrá ser aprobado, rechazado o guardado en un cajón para siempre.

La reglamentación de la iniciativa popular ,si se permite la digresión, es bastante desalentadora de la participación popular, valga la paradoja. Ya se dijo que no pone plazo para que se expida la o las comisiones a las que se envíe el proyecto luego de conseguir su ingreso gracias a la firma del 5% del padrón electoral. Obliga a revisar exhaustivamente las firmas presentadas y si más del UNO (1) por ciento de las presentadas son desconocidas o falsas, se desestima el proyecto, se denuncia en la justicia penal a el o los promotores del proyecto y se los inhabilita para ocupar cargos electivos municipales por 4 años. Con esas condiciones, promover esta línea de participación popular es -al menos- riesgosa. Debe considerarse que una campaña de firmas implica distribuir planillas para recoger adhesiones; y conque 52 malintencionados (el 1% de 5.200) firmen y luego digan que no lo hicieron puede resultar en una condena penal y en la inhabilitación electoral de los promotores.

Referéndum

El Gobierno Municipal podrá consultar al Electorado por medio del Referéndum popular, respecto de los asuntos que crea conveniente para lo cual se requerirá la decisión del Honorable Concejo Deliberante con el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros. Esto indica la COM en los artículos 110, 111 y 112. La dificultad de este mecanismo de participación ciudadana está en la "mayoría agravada" como se conoce a la exigencia de contar con los dos tercios de votos, que con el número actual de concejales está estipulado en nueve (9). Tampoco aparece claro ni explicito que el resultado del Referéndum tenga carácter vinculante aunque es de suponer que esta condición se puede manifestar en la ordenanza que convoque y en función del tema convocante: si se trata de la aplicación de una norma; o la derogación de otra, etc. etc. 

En el caso que ocupa a la Agrupación Oktubre y que ha interesado a gran parte de la comunidad mercedina: el traspaso de Provincia a Municipalidad de la gestión del "Complejo Molino Fénix" y del "Parque La Pedrera", la resolución del asunto implicará alguna resolución o decreto en el nivel provincial; la redacción y firma de algunos convenios específicos, entre otras acciones que quedan fuera de la órbita local. De manera que el referéndum tendría carácter consultivo y nada más.

Audiencia Pública

Las audiencias públicas tienen expresamente carácter no vinculante. Se crearon mediante la Ordenanza N° 947-o/2019 y pueden ser convocadas por el Departamento Ejecutivo Municipal o por el HCD. Permite que la sociedad se exprese. Que participen todas las opiniones que lo deseen, sobre el tema puntual que se convoque. Quienes estén a favor y quienes consideren inviable, Y que se interioricen las ciudadanas y ciudadanos que no tienen información detallada. Deben ser transmitidas vía streaming y una vez terminada se redacta y publica un acta de la misma. 

Desde su creación se instrumentó una sola vez en la Ciudad: para abordar la cuestión del transporte luego de la eliminación de los subsidios nacionales en 2018 y frente al grave problema que esto generó en la Ciudad, como en todo el País. De allí se nutrieron legisladores y funcionarios para formalizar el sistema de boleto gratuito para estudiantes, docentes, personal de salud, jubilados, pensionados, etc. 

La audiencia pública se evidenció como un espacio donde se exponen miradas diferentes sobre un mismo tema, miradas estudiadas, analizadas y fundamentadas para nutrir de quienes deben tomar decisión o decisiones.

Una de las tres

Por estas horas, como se dijo, dirigentes del espacio político que propuso la municipalización de los dos organismos, se encuentran analizando cuál de los tres caminos permitiría la mayor participación popular y escuchar con mayor fidelidad el parecer de la comunidad villamercedina. Seguramente las próximas semanas se conocerá la determinación adoptada y se verán los movimientos en ese sentido.

La Pedrera y el Molino Fénix deben transferirse a la Municipalidad de Villa Mercedes

La Pedrera y el Molino Fénix deben transferirse a la Municipalidad de Villa Mercedes. Así lo consideran dirigentes y militantes de la Agrupación Oktubre, que integra Unión por San Luis y lo han manifestado mediante una comunicación que adelanta algunos de los fundamentos que les llevaron a esa conclusión.

El parque “La Pedrera” y el complejo “Molino Fénix” se han constituido en dos referencias sociales, recreativas, deportivas y culturales de manera contundente e irremplazable. Cada uno de esos lugares, con sus características, fueron adoptados por la comunidad e integrados a los espacios públicos y a la idiosincrasia mercedina.

Es momento de dar un salto de calidad, reconocimiento y madurez. El Estado Provincial debe transferir a la Municipalidad de Villa Mercedes, la administración de estos dos predios: La Pedrera y el Complejo Molino Fénix, junto al personal que actualmente presta servicio en ellos y los recursos y presupuesto que actualmente tiene asignados.

Los beneficios no tardarán en hacerse notar.

Integrar el Complejo Molino Fénix con el Cultural y Turístico Calle Angosta permitirá, entre otros efectos positivos, optimizar la oferta de festivales y espectáculos y ampliar el carácter turístico del Paseo de los Murales, El Boliche don Miranda, el Museo Ferroviario, Casa de los Artistas, la pasarela, los silos del Molino y sus salas de exposición, teatro y Casa de la Música.

No representará mayores gastos para ningún estamento gubernamental, ni zozobra para ningún trabajador.

El Parque La Pedrera puede explotar su total potencial al articular un circuito turístico, recreativo y deportivo con Espejos de Agua, El Lago, Los Filtros y el Vulpiani. La administración municipal del Parque logrará completar la integración entre la infraestructura arquitectónica y la práctica social. Abrir, por poner otro ejemplo, el Boulevard central -Elías Adre- permitiría que ingresen el colectivo urbano. Y además de acortar el tiempo de viaje desde y hacia el Barrio La Ribera acercará a más vecinas y vecinos que tal vez hoy no pueden llegar porque no tienen auto ni moto.

Las transferencias, en conclusión, no anuncian más que efectos positivos. No se necesita más que decisión y la firma de un convenio específico que refiera a antecedentes ya transitados. El Lago, sin ir más lejos, recorrió ese camino primero de ida -últimos años del siglo pasado- y regresó a la administración comunal por decisión del intendente y del gobernador, en legítimo uso de sus respectivas funciones. No representará mayores gastos para ningún estamento gubernamental, ni zozobra para ningún trabajador.

Las transferencias del parque “La Pedrera” y del complejo “Molinos Fénix” a la Municipalidad de Villa Mercedes serán la comprobación de la responsabilidad mercedina, sus deseos de crecer y desarrollarse en paz y con justicia social, respeto y conciencia comunitaria.

Agrupación Oktubre

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